prácticas profesionales serán aceptadas cómo experiencia laboral

experiencia laboral de los estudiantes

Prácticas profesionales en programas de salud, contratos de aprendizaje, judicaturas entre otras serán reconocidas como experiencia laboral.

Andrés Martínez, está a punto de terminar su ciclo complementario en una escuela normal superior, se encuentra realizando sus prácticas profesionales en un colegio privado en la modalidad de alternancia y aspira a que ese trabajo de campo, sin remuneración y que es requisito para optar al título de normalista superior le sirva para postularse al sistema maestro o, aspirar a una plaza como docente en básica primaria en cualquier establecimiento educativo.

Así como Andrés, más de 400.000 estudiantes que aspiran a graduarse este año de programas profesionales quieren tener algo más que un título profesional: desean que sus prácticas universitarias sean reconocidas como experiencia laboral y sean tenidas en cuenta por las empresas. 

Así quedó establecido en el decreto 616 del 4 de junio del año 2021, el cual define las condiciones para que diferentes trabajos de campo realizados por estudiantes de educación para el trabajo y el desarrollo humano, programas técnicos profesionales, tecnológicos y profesionales, así como aprendices de formación titulada del SENA.

También se reconocerán las prácticas pedagógicas de estudiantes de los ciclos complementarios de las escuelas normales superiores, las judicaturas realizadas por los estudiantes de derecho.

¿ cómo se logra el reconocimiento de las prácticas profesionales cómo experiencia laboral?

De acuerdo al Decreto 616, para que un estudiante de grado pueda  acreditar la experiencia profesional adquirida mediante prácticas profesionales, contrato de aprendizaje, judicatura, contrato laboral o contrato de prestación de servicios, se deben seguir los siguientes pasos:

La empresa donde se realizó la práctica laboral o judicatura, empresa patrocinadora en el contrato de aprendizaje, el empleador en el contrato laboral , deberá emitir una certificación sobre la actividad adelantada por el estudiante, indicando la fecha de inicio, fecha de terminación, actividades adelantadas, horario en el que realizó dichas actividades, modalidad de vinculación o contratación realizada.

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La institución educativa a la que se encuentre adscrito el estudiante, deberá realizar una verificación de la certificación a la que se refiere el literal anterior, a efectos de establecer: 

si la persona que solicita el certificado de equivalencia de experiencia profesional previa era estudiante para la fecha de realización de la actividad objeto de la validación.

si las actividades contenidas en la certificación corresponden a temas relacionados directamente con el programa académico cursado y , si el estudiante terminó académicamente o es graduado.

Así mismo la Institución educativa deberá expedir una constancia que acredite las prácticas profesionales realizadas.

De igual forma se conocerán la experiencia de estudiantes en grupos de investigación y las monitorias académicas. 

Conozca el texto del Decreto

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